El derecho familiar se enfoca en las relaciones familiares y por ende en las consecuencias legales que surgen dentro de ellas. La importancia de este derecho radica en que las relaciones familiares son fundamentales en la sociedad y su adecuada regulación y protección son esenciales para garantizar el bienestar y la estabilidad de los miembros de una familia y de la Sociedad en general.
Nuestro sistema legal no ha dejado de lado la regulación del derecho de familia, basta con señalar que el Artículo 32 de la Constitución “reconoce a la familia como la base fundamental de la sociedad y tendrá la protección del Estado, quien dictará la legislación necesaria y creará los organismos y servicios apropiados para su integración, bienestar y desarrollo social, cultural y económico.”
Así mismo el derecho familiar protege los derechos de personas que corren el riesgo de ser vulneradas tanto emocional como físicamente. Entre los artículos más relevantes están el Artículo 52 del Código de familia que establece que “El Estado protege el matrimonio, la maternidad y la familia. El Estado protegerá la salud física, mental y moral de los menores y garantizará el derecho de estos a la alimentación, la salud, la educación, la seguridad y previsión sociales”.
El Derecho de Familia también protege los derechos patrimoniales como el matrimonio, la unión no matrimonial, el régimen patrimonial, la ley del nombre de la Novia, el divorcio, la disolución patrimonial de cónyuges, el régimen de visitas de los hijos menores, alimentos para los hijos menores y/o cónyuge, la adopción, la patria potestad, la filiación, la sucesión, entre otras.
Cuando existen problemas en dichas circunstancias es necesario la ayuda legal. Para ello nuestro equipo puede asesorarles ya que estas eventualidades son de gran importancia al estar relacionadas con aspectos fundamentales de la vida de las personas, como la formación y disolución de la familia, el cuidado y protección de los menores, el patrimonio y la transferencia de bienes. En nuestro siguiente blog hablaremos más a fondo como proteger dichos derechos.
El Derecho Familiar también tiene un papel importante en la protección de los derechos de los niños. La Ley de protección integral a la Niñez y Adolescencia en su artículo 101 establece que “Se prohíbe cualquier tipo de actividad que atente contra la vida, dignidad o integridad física, psíquica o moral de las niñas, niños y adolescentes, tales como: a) Experimentación médica; b) Experimentación genética; y, c) Prácticas étnicas, culturales o sociales.”
El Derecho de Familia también resguarda a los adultos mayores con la Ley especial para la Protección de los Derechos de la Persona Adulta Mayor. En el Artículo 43 establece que “Un adulto mayor de 60 años tiene el derecho de exigir, por la vía civil, pensión alimenticia a sus hijos, hermanos o hasta nietos, ya que la familia está obligada a velar por el bienestar de ellos cuando estos no puedan”.
También en el Derecho de Familia vela por los derechos de las personas con discapacidad las cuales están cubiertas entre otras leyes con la Ley de Equiparación de Oportunidades para las Personas con Discapacidad. El Artículo 33 establece que “Los padres o encargados de los menores con discapacidad propiciarán su rehabilitación desde las edades tempranas, haciendo prevalecer los derechos de éstos, no ocultándoles ni negándoles dicha rehabilitación. Así mismo, deberán orientarlos y apoyarlos para que los hijos no asuman actitudes destructivas en su integridad física, psíquica y social”.
El derecho familiar también es esencial para garantizar la igualdad de género y la protección contra la violencia intrafamiliar, del cual hablemos en nuestro próximos blogs, todo para proteger sus derechos.
En resumen, el derecho familiar es de gran importancia porque vela por la protección de los derechos de los miembros más vulnerables de la Sociedad, como son los niños, las personas mayores y las personas con discapacidad. El derecho familiar también es esencial para garantizar la igualdad de género y la protección contra la violencia intrafamiliar.